El seguro de Responsabilidad Medioambiental cubre la responsabilidad administrativa, establecida por la Ley 26/2007, de 23 de Octubre, de Responsabilidad Medioambiental y su legislación complementaria, cubriendo los daños y perjuicios que pudiera ocasionar una empresa y que tengan su origen en las instalaciones de la misma, por la introducción o dispersión de materias o sustancias en la tierra, el agua o el aire, que produzcan un deterioro en la calidad de dichos medios que resulte peligroso o dañino
Las principales actividades que van encaminado este tipo de seguro son las siguientes:
- Instalaciones de combustión.
- Producción y transformación de metales.
- Industrias minerales.
- Industrias químicas.
- Gestión de residuos.
- Industria del papel y cartón.
- Industria textil.
- Industria del cuero.
- Industrias agroalimentarias y explotaciones ganaderas.
- Consumo de disolventes orgánicos.
- Industria del carbono.
- Toda liberación intencional en el medio ambiente, transporte y comercialización de organismos modificados genéticamente.
- La gestión de los residuos de las industrias extractivas.