Destinado a las personas que buscan preparar su jubilación de la forma más segura.
Traspasos:
Con independencia de los traspasos que el cliente pudiera realizar entre sus distintos planes de previsión asegurados, a partir del 1 de enero de 2008 podrá traspasar total o parcialmente y sin coste fiscal sus derechos consolidados derivados de los planes de pensiones de los que es titular hacia Planes de Previsión Asegurados (PPA).
Características:
Son seguros de vida, pero que gozan de las prestaciones, la liquidez y la fiscalidad de los planes de pensiones:
- Son contratos de seguros tipificados.
- Transparencia en la contratación.
- Limitación en las aportaciones de las primas (8.000€ límite de aportación anual reforma 2014).
- Se blinda el proceso de ahorro para la jubilación: no tiene liquidez el contrato hasta el acaecimiento de una contingencia.
- Se incluyen dos nuevas garantías inusuales en los seguros de vida: paro prolongado y enfermedad grave.
- Traslado de los recursos a otro PPA.
- Obligación del asegurador de informar por escrito, al menos trimestralmente, al tomador.
- El importe de las primas es deducible como gasto en la base imponible del IRPF.